El intrusismo en la implantación de Programas de Compliance
- Benjamín Prieto
- Elena Aupí
ISSN: 1989-6913
Año de publicación: 2020
Número: 9643
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Diario La Ley
Resumen
La cualificación profesional de los profesionales que confeccionan un Programa de Compliance va a determinar la eficacia del mismo para servir de elemento exonerador de responsabilidad penal de la persona jurídica porque dicho Programa será adecuado para cumplir los objetivos propios del Programa de Compliance. Carecer de la aptitud profesional adecuada impide estar debidamente cualificado para implantar Programas de Compliance convirtiendo a quien lo hace en verdadero intruso en la disciplina.