El alcance del secreto profesional en el nuevo Estatuto General de la Abogacíaluces, sombras y penumbras

  1. Benjamín Prieto
Revista:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Año de publicación: 2021

Número: 9846

Tipo: Artículo

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Resumen

El nuevo Estatuto General de la Abogacía marca un antes y un después en la regulación del secreto profesional al establecer que el abogado quedará relevado del deber de guardar secreto sobre lo que afecte o se refiera a su cliente, siempre y cuando haya recibido autorización expresa del mismo. Este hecho, que en un principio podría parecer que añade más garantías a la regulación y al ejercicio de la profesión, puede repercutir gravemente en el derecho de defensa, especialmente en situaciones en las que un Letrado sea llamado en un procedimiento para revelar secretos obtenidos en el marco de su relación profesional con un cliente. Ante esta obligación, el cliente deberá valorar si dispensa a su abogado de la obligación del secreto o si se niega a ello, con las consecuentes dudas que esta negativa provocará en la situación del cliente investigado, de cara a la decisión del tribunal.